SUPLEMENTO
ESPECIAL

CINCO CUBANOS PRESOS EN CÁRCELES DEL IMPERIO
CAUSA SECUESTRADA A LA JUSTICIA
MUNDIAL
Cinco hombres llevan ocho años presos injustamente
en cárceles norteamericanas, sometidos a maltratos que incluyen a sus familiares.
Una decisión política del Gobierno de esa nación los condujo a un juicio manipulado
y a condenas descabelladas, cuando en realidad deben ser considerados héroes
de la lucha internacional contra el terrorismo
RENÉ
GONZÁLEZ SEHWERERT
Nació en Chicago el 13 de agosto de 1956.
Profesión: Piloto e instructor de vuelo.
En proceso de edición Diario sobre el juicio, una denuncia sobre las violaciones
e irregularidades a que fueron sometidos.
Padres: Irma y Cándido. Esposa: Olga Salanueva. Hijos: Irma e Ivette.
La tranquilidad de espíritu y el amor hacia los suyos, son condiciones que necesita
René para vivir como vive, con la frente alta, con optimismo y convicciones.
Le ha nacido un poeta, un escritor, un periodista, ha descubierto en las letras
la oportunidad de descifrar las trampas del juicio y contar la verdad de este
proceso desde adentro. Siempre jocoso, amable, desinteresado, amigo, eleva a
pueblo su naturaleza humana y trasciende, así, René, sencillo. Cumple condena
de 15 años en la prisión de Marianna, Florida.
RAMÓN
LABAÑINO SALAZAR
Nació en La Habana el 9 de junio de 1963.
Profesión: Graduado con diploma de Oro de la Licenciatura en Economía. Padres:
Nereida y Holmes.
Esposa: Elizabeth Palmeiro.
Hijos: Aili, Laura y Lizbeth.
Detrás de su fuerte complexión física y su aparente rudeza, nobles sentimientos
lo animan y convierten en un hombre cariñoso, amistoso, "compartidor " y afable.
La música se adueñó de sus preferencias, Silvio y Pablo cantan cada día en el
recuerdo.
También deportista, amante del teatro y el cine, lleva lejos la mirada y estremece.
Digno, valiente, sencillo, Ramón necesita la Patria, la familia y las pequeñas
cosas. En el encierro fortalece sus convicciones, esas que marcan y enriquecen,
que lo hacen más humano.
Condenado a cadena perpetua más 18 años, que cumple en la prisión de Beaumont,
Texas.
"Nosotros, que hemos dedicado nuestras vidas a luchar contra el terrorismo,
a evitar que actos tan atroces ocurran; que hemos tratado de salvar la vida
de seres humanos inocentes no solo en Cuba sino en el propio Estados Unidos;
hoy estamos aquí en esta sala para que se nos condene precisamente por evitar
actos como estos". Fragmento del alegato de defensa
ANTONIO
GUERRERO RODRÍGUEZ
Nació en Miami el 16 de octubre de 1958.
Profesión: Ingeniero en construcción de aeródromos.
Poeta. Ha editado libros como Desde mi altura, Poemas confidenciales, Inseparables
y otros.
Padres: Mirta y Antonio.
Hijos: Antonio y Gabriel Eduardo.
Patriota en la semilla, este estrenado poeta acumula esperanzas desde el amor.
Sus versos insuflan cualidades que lo caracterizan: fuerza, digni- dad, sensibilidad,
inteligencia, justicia.
También sus cartas, pródigas en optimismo y valentía, son mensajeras de un sentimiento
hacia la Patria, padres, esposa, hijos, sobrinos y hermanos, y tienen la belleza
de su sonrisa y la grandeza de su sencillez. Sensible y culto, cariñoso y humano,
desde la celda, Tony dibuja la armonía y le da ánimos a la vida.
Cumple cadena perpetua más una sanción de 10 años en la prisión de Florence,
Colorado.
"Prevenir un conflicto que sembrara dolor en nuestros pueblos, ha
sido el objeto de mis actos y la razón de mi dolor, como lo ha sido para mis
compañeros". Fragmento del alegato de defensa.
GERARDO
HERNÁNDEZ NORDELO
Nació en La Habana el 4 de junio de 1965.
Profesión: Graduado en el Instituto de Relaciones Internacionales del Ministerio
de Relaciones Exteriores. Caricaturista con publicaciones en la prensa y varias
exposiciones.
Editado el libro El amor y el humor todo lo pueden.
Padres: Carmen y Gerardo.
Esposa: Adriana Pérez
De una dignidad suprema, como suele ocurrir con los hombres honestos, fieles
y sencillos, Gerardo se sume en el amor para vibrar junto a su pueblo y su familia,
junto a sus amigos y sus principios, junto a la justicia. Optimista, razonable,
valiente y decidido, a este cubano, de elevado sentido del humor, la Patria
lo envuelve y lo acaricia. Seguro de sí y de sus ideas, transmite en sus cartas
la seguridad de un pueblo y la inmensa alegría de amar y ser amado. Sancionado
a dos cadenas perpetuas más 15 años, que cumple en Victorville, California.
"Es necesario que todos los países se unan en la lucha contra los
terroristas, pero no contra algunos terroristas, sino contra todos los terroristas...
siempre habrá pueblos que para defenderse necesiten enviar a algunos de sus
hijos a cumplir riesgosas misiones". Fragmento del alegato de
defensa.
FERNANDO
GONZÁLEZ LLORT
Nació en La Habana el 18 de agosto de 1963.
Profesión: Graduado con diploma de Oro en el Instituto de Relaciones Internacionales
del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Padres: Magali y Fernando Rafael.
Esposa: Rosa Aurora Freijanes.
"Yo me muero como viví", esa antológica frase de la canción de Silvio Rodríguez,
siente Fernando que lo abraza, como la Patria y la familia y los principios.
Lector incansable desde niño, caballeroso y jovial, estudioso de la historia,
amante de la pelota y la sonrisa, es el Fernando querido por todos, amoroso,
sencillo, honesto y esperanzador, que sabe conjugar ternura y razón para defender
la vida, y se identifica con una gran palabra: fidelidad. Se encuentra en la
prisión de Oxford, Wisconsin, donde cumple una sanción de 19 años.
"Sinceramente, confío en que algún día Cuba no tenga necesidad de
personas como yo, que voluntariamente y por amor a su país y a su pueblo, vengan
a este país a luchar contra el terrorismo". Fragmento del alegato
de defensa
AQUI ESTÁN

El
correccional de Florence, en Colorado, integra un complejo de prisiones de máxima,
media y mínima seguridad. Antonio está ubicado en el de máxima. Esta prisión
ha sido considerada una de las más violentas y de peor reputación en el sistema
federal de prisiones, debido a la violencia física.
Como en todas las prisiones federales norteamericanas, la población penal se
divide en pandillas de acuerdo con su raza, nacionalidad, etnia, religión, etc...,
las cuales se reparten los espacios y sitios de la instalación. Aunque no está
superpoblada, en los últimos tiempos este centro penitenciario ha estado recibiendo
reos de otras prisiones de máxima seguridad y se están ampliando la cantidad
de locales destinados a las celdas de castigo (huecos). Esta prisión es muy
rigurosa, por lo que la mamá y hermana de Antonio Guerrero se han visto impedidas,
arbitrariamente, a realizar algunas de las visitas programadas (entre ellas
la del Día de las Madres). A nuestro compatriota lo mantienen emplantillado
como auxiliar de limpieza e imparte clases de matemática de forma voluntaria
a un grupo de reos. Dedica su tiempo a la lectura, escritura de versos, pintura
de cuadros con diferentes técnicas de artes plásticas y a responder la abundante
correspondencia que recibe.
Para escribirle, las cartas deben ser remitidas a:
ANTONIO GUERRERO
No. 58741-004
USP FLORENCE. PO BOX 7500,
5880 STATE HIGHWAY 67,
SOUTH FLORENCE, CO 81226, USA
Se
mantiene en el correccional de Oxford, Wisconsin.
Está ubicado a más de 60 millas al norte de Madison. El clima es extremadamente
frío y durante los pocos meses de verano las temperaturas ascienden bruscamente,
situación que afecta mucho a la población penal, ya que las celdas no están
dotadas de ventilación. La prisión fue fundada en 1973 y es un penal de seguridad
media. A pesar de ello, en la práctica se comporta como de máxima seguridad,
donde la disciplina es estricta y rígida. En el caso de Fernando esa característica
se refleja en que continúa siendo identificado como Rubén Campa y no se le reconocen
a sus familiares más cercanos (madre y esposa), por lo que cada visita tiene
que solicitarla por escrito, al ser estas consideradas como especiales.
Fernando trabaja en las labores de limpieza del área exterior del penal. Dedica
tiempo a la lectura y a responder la amplia correspondencia que recibe. Le ha
sido muy difícil recibir a personas solidarias, incluyendo las negativas a ser
visitado por el padre Geoffrey Bottoms, clérigo inglés. Mantiene correspondencia
con el movimiento solidario en todo el mundo, en particular de Estados Unidos,
destacando la profundidad y solidez de sus conocimientos e interpretaciones
de la realidad. Por la ubicación de su penal, no recibe la señal de ninguna
de las radioemisoras cubanas. Ha presentado problemas con la demora de su correspondencia.
Para escribirle, las cartas deben ser remitidas a:
RUBÉN CAMPA
No. 58733-004
FCI OXFORD, PO BOX 1000
OXFORD WI 53952-0505 USA
A
su salida del F.D.C. (Federal Detencion Center), en enero de 2002, fue destinado
a la prisión de máxima seguridad USP Lompoc, California, donde permanece hasta
enero de 2005 en que es reubicado en la USP Victorville, en el propio estado.
Al igual que el resto de las prisiones federales, los reclusos están organizados
en pandillas. Nuestro compatriota se mantiene en las labores de recogida de
bolsas plásticas de basura de las áreas de su unidad. El resto del tiempo lo
dedica a la lectura y a responder la abundante correspondencia que recibe. Continúa
presentando retraso en la entrada y salida de su correspondencia, por lo que
ha realizado reclamaciones, de las cuales no ha recibido respuestas satisfactorias.
Esta situación se ha reiterado en períodos anteriores, en los que, aunque aparentemente
se soluciona el problema, se repite nuevamente. Ante la instalación de un nuevo
sistema de mensajería electrónica para el uso de los reclusos en sus comunicaciones
familiares y personales, a Gerardo se prohíbe el acceso al mismo de forma arbitraria.
Su esposa Adriana ha estado impedida de visitarlo en siete ocasiones consecutivas,
en que ha solicitado la visa y el Departamento de Estado se la ha negado.
Para escribirle, las cartas deben ser remitidas a:
GERARDO HERNÁNDEZ
No. 58739-004
USP VICTORVILLE, PO BOX 5500
ADELANTO, CA 92301 USA
La
prisión donde está confinado fue inaugurada en 1966 como un complejo de máxima,
media y mínima seguridad. Su sistema constructivo es de alta tecnología, sobre
todo en las cercas que la bordean y las torres de control, que tienen cristal
polarizado y blindado. Las celdas de castigo (huecos) poseen forma de caja metálica
de metro y medio de ancho por tres metros de largo. El piso es de cemento gris
y muy sucio, con las paredes pintadas de blanco hueso. La prisión se encuentra
superpoblada, debido a que ha estado recibiendo reclusos de las cárceles de
máxima seguridad de otros estados de la Unión.
Toda esta situación es muy compleja, por lo que se producen riñas violentas
y hechos de sangre entre pandillas, que provocan medidas disciplinarias rigurosas
(lockdown o cierres) sobre toda la población penal, las cuales afectan la realización
de las visitas familiares, el aseo personal y las posibilidades de hacer llamadas
telefónicas. Ingieren solamente alimentos fríos. Esta situación se ha agravado
en los últimos tiempos, pues desde el 16 de marzo y hasta finales de julio,
se mantuvo en lockdown 21 días, prácticamente de forma permanente, lo cual afectó
la visita que le realizara su esposa y las dos hijas menores, quienes tuvieron
que posponer el viaje en dos ocasiones, y reducir sus visitas, e incluso una
fue interrumpida a las dos horas de haber comenzado.
Este clima de violencia contribuyó a que las autoridades tomaran medidas adicionales
a los encierros, y esto a su vez provocó reacciones de la población penal que
aumentó la tensión interna y con ello el peligro para su integridad física.
Como en el resto de las prisiones federales norteamericanas, el fenómeno de
las pandillas y la violencia asociada a las mismas, caracterizan la convivencia
de la población penal. A nuestro compatriota se le somete a un régimen especial
de seguridad y debe reportarse ante una autoridad cada dos horas.
Realiza trabajos de auxiliar de limpieza en el cuarto de lavandería. El resto
del tiempo lo dedica a practicar ejercicios, leer y responder la abundante correspondencia.
Para escribirle, las cartas deben ser remitidas a:
LUIS MEDINA
No. 58734-004
USP BEAUMONT, PO BOX 26035,
BEAUMONT, TEXAS 77720-6035 USA
De
los cinco es el que más ha sufrido el traumático proceso de traslado de prisiones.
Desde que a finales de febrero de 2002 salió del F.D.C. de Miami, ha estado
en cuatro prisiones (Mckean y Loreto en Pensilvania, Edgefield en Carolina del
Sur y Marianna en Florida), esta última donde está destinado actualmente. El
FCI Marianna es un correccional de seguridad media, ubicada a 68 millas de Tallahassee.
La población penal está organizada por pandillas, aunque en estos momentos el
nivel de violencia ha disminuido. Trabaja en la limpieza del área de recreación;
en el tiempo restante realiza actividades físicas y se mantiene alfabetizando
a un preso colombiano con la cartilla "Yo sí puedo". Realiza lecturas y responde
la abundante correspondencia que recibe. En el último panel de conducta fue
categorizado, sin justificación alguna, como "violento", a pesar de haber mantenido
una conducta y comportamiento correctos durante sus ocho años de encierro.
Desde el inicio de su encierro se le ha negado sistemáticamente la visa a su
esposa Olga Salanueva, con lo cual se le priva también de recibir la visita
de su hija menor, al no poder esta viajar con su madre. Recientemente, en un
nuevo acto de agresión contra él, su esposa fue eliminada de la lista de visitantes
permitidos por las autoridades carcelarias.
Para escribirle, las cartas deben ser remitidas a:
RENÉ GONZÁLEZ
No. 58738-004
FCI MARIANNA, PO BOX 7007
MARIANNA FL 32447-7007 USA
FARSA JUDICIAL
Irregularidades y violaciones cometidas durante el
proceso judicial. Trasgresión del derecho a la equidad y a la imparcialidad
del juicio

LA ELECCIÓN DE LA CIUDAD DE MIAMI COMO SEDE DEL PROCESO
El proceso se celebró en Miami, una ciudad donde reina
un clima de intimidación permanente, sostenido por los grupos radicales anticubanos.
El veredicto de culpables fue dado por un jurado que integraron vecinos de esta
ciudad, sin que se pudieran garantizar las condiciones de imparcialidad necesarias
para la celebración de un proceso justo. A estas circunstancias se sumó, en
aquel entonces, el caso especialmente sensible del niño Elián, retenido a la
fuerza por grupos mafiosos y cuyo padre deseaba recuperar la custodia. Este
asunto no podía sino perturbar el ambiente, ya de por sí prejuiciado para el
buen desarrollo de un juicio imparcial.
Tal clima no era compatible con las exigencias de la quinta y sexta enmiendas
de la Constitución de los Estados Unidos, que estipulan que todo inculpado tiene
derecho a un "juicio justo e imparcial". Estas enmiendas detallan tales condiciones
de la siguiente manera:
oque el jurado no tenga, previamente, ninguna opinión sobre los hechos que se
expondrán durante el proceso o sobre los acusados a quienes se juzga.
oque el jurado no se vea sometido a ninguna influencia externa con respecto
a su decisión o su voto.
Es oportuno recordar que, en el marco de otros casos recientes, la administración
de justicia norteamericana respondió positivamente a las peticiones relativas
a un cambio de lugar del proceso. Con el propósito de favorecer una respuesta
positiva, los abogados de los Cinco se limitaron a pedir un corto desplazamiento,
escogiendo para ello la ciudad de Fort Lauderdale, a solamente 70 km de Miami.
Las autoridades judiciales norteamericanas denegaron esta solicitud.
SOBRE LA COMPOSICIÓN DEL JURADO Y EL RECURSO A LA INTIMIDACIÓN
Como si mantener el proceso en una ciudad tan hostil
como Miami, con un jurado conformado únicamente por vecinos de esta ciudad no
fuese suficiente para asegurar condiciones hostiles para los inculpados, la
Jueza practicó discriminaciones adicionales durante la selección de los Miembros
del Jurado; a saber:
oEn violación de la primera y quinta enmiendas de la Constitución de los Estados
Unidos, el gobierno rechazó sistemáticamente las candidaturas de personas de
raza negra que deseaban participar en el Jurado Popular. Tal comportamiento
se explica porque la comunidad negra de Miami, es la menos hostil al Gobierno
cubano.
El Fiscal recusó (sin dar justificación alguna) a los únicos tres candidatos
a miembros del Jurado que habían manifestado una cierta independencia y voluntad
de objetividad. Estas tres personas habían simplemente declarado que "procurarían
ver los pros y los contras" de las posiciones de los protagonistas en los debates,
"ver las posturas de ambos lados" y escuchar "lo bueno y lo malo". Confirmando
este ambiente de intimidación, el diario local El Nuevo Herald, en un artículo
titulado "El miedo a ser jurado en el proceso de espionaje", afirmaba que: "El
miedo a una reacción violenta del exilio cubano si el Jurado tuviera que absolver
a los cinco hombres acusados de espionaje, ha llevado a muchos candidatos potenciales
a solicitar al Juez que se les exima de este deber cívico".
oLos distintos testigos de la defensa fueron amenazados sistemáticamente por
el Ministerio Público cuando se disponían a presentar -ante la Corte del Distrito
Sur de la Florida- ciertas pruebas o testimonios, susceptibles de incomodar
las afirmaciones de la acusación.
UN
JURADO VULNERABLE ANTE LAS PRESIONES POLÍTICAS
Una prueba clara de la actitud complaciente del Jurado
ante el poder político se constata en que, a pesar de que el proceso duró casi
siete meses, se acumularon miles de documentos y piezas, y se escucharon más
de 70 testigos, el Jurado de Miami -compuesto en su mayoría por personas con
lazos familiares o de amistad con los responsables de los grupos anticubanos-
no estimó necesario plantear la más mínima pregunta al Tribunal a propósito
de establecer el verdadero grado de implicación de los acusados, ni conocer
la legalidad de los procedimientos, ni solicitar la menor revisión o reconsideración
de los testimonios. De manera que no sorprende que la Jueza rechazara, por un
lado, todas las pruebas presentadas por la defensa -incluidos documentos oficiales
norteamericanos- demostrando lo infundado de las acusaciones, y aceptara, por
el otro, todas las "pruebas" presentadas por el Fiscal, susceptibles de agravar
las acusaciones contra los Cinco. Algunas referencias comparativas pueden ayudar
a medir el ensañamiento que han conocido los Cinco de parte de la justicia de
Miami. Por ejemplo, el célebre Aldrich Ames, el espía más importante de la historia
moderna de los Estados Unidos, que vendió miles de documentos secretos a la
URSS, fue condenado exactamente a la misma pena que la impuesta a tres de los
Cinco, quienes ni conocían ni robaron una sola página de ningún documento de
seguridad nacional.
EL MANEJO DE LA OPINIÓN PÚBLICA
El caso de los Cinco tuvo por parte de los órganos
noticiosos un trato muy diferenciado, en función de la cobertura de la información.
Mientras los medios de comunicación de la Florida le brindaron una enorme atención,
con profusión de artículos, emisiones, entrevistas y publicaciones ad-hoc, en
los medios de difusión nacional el asunto no ocupó prácticamente espacio alguno,
pese a que implicaba temas tan sensibles para la opinión pública norteamericana
como el terrorismo, y aun cuando, también -a lo largo del proceso- se recibieron
testimonios de personalidades muy relevantes, como altos funcionarios, oficiales
superiores, generales y almirantes, especialistas de Seguridad Nacional, que
afirmaron que en el caso de los Cinco cubanos no existía indicio alguno de amenaza
a la seguridad nacional de Estados Unidos ni de actividad de espionaje. Durante
el proceso se han revelado, asimismo, notas diplomáticas de gran relevancia
y comunicados de la Casa Blanca, contándose -incluso- con el testimonio de un
importante consejero del ex presidente Clinton, que presentó una declaración
crucial.
Todo parece indicar que funcionó en este aspecto un reparto diferenciado de
roles. A la opinión pública de la Florida -adepta a la acusación- se le dedicó
el máximo de agitación mediática, con el propósito de confortar tal posición,
así como asegurar las más severas condenas de los acusados. El recurrir a aspectos
emocionales o de sentimientos supuestamente patrióticos tampoco fue desdeñado;
de manera que el caso del niño Elián -mencionado anteriormente- se utilizó en
exceso.
En cuanto a la opinión pública nacional, y con el mismo propósito de asegurar
la promulgación de las injustas condenas, la táctica fue exactamente la opuesta.
Dada la enormidad de las incorrecciones, faltas e incluso violación de preceptos
constitucionales -cometida a lo largo de los procedimientos- el método consistió
en buscar la discreción. En efecto, violaciones y faltas tan graves podían provocar
la desaprobación de amplios sectores de la ciudadanía.
Este silencio, esta "discreción" a nivel nacional son tanto más extraños cuando
el proceso permitía revelar aspectos, sumamente comprometedores, de la política
oficial de los Estados Unidos. Según la opinión del abogado de Gerardo Hernández
Nordelo, es el "único proceso de estrategia de defensa. De este modo, los Cinco
sufrieron una violación manifiesta del derecho a la confidencialidad, en el
marco de la preparación de su defensa, así como del derecho a la igualdad de
las partes.
SOBRE LOS MÉTODOS DE OBSTRUCCIÓN
La frecuencia con la que el gobierno norteamericano
ha recurrido a la reclusión de los Cinco cubanos en celdas de aislamiento total
-llamadas "el hueco" en la jerga carcelaria-, demuestra una animosidad evidente.
Pero ilustra, también, una metodología que busca privarlos de las condiciones
necesarias para la preparación de una defensa compatible con las garantías de
un estado de derecho.
De manera que cuando se les aisló, inmediatamente después de su arresto y durante
17 meses -la ley estadounidense prevé un máximo de 60 días, aplicable solo a
los detenidos especialmente peligrosos-, el propósito real fue impedirles consultar
con sus abogados y preparar sus causas. Tras el veredicto, se les vuelve a encerrar
en "el hueco" del 26 de junio al 13 de agosto de 2001, lo que imposibilitó la
preparación de su comparecencia ante el Tribunal, realmente importante, pues
para ellos constituía la única ocasión de poder expresarse directa y abiertamente.
Vale señalar, además, que estas medidas punitivas de aislamiento son, por definición,
individuales y destinadas a sancionar faltas cometidas por una sola persona
o un grupo cuando el mismo actúa de conjunto. Para los Cinco, la administración
"colectivizó" la medida, aplicándola al unísono a cinco personas. Por otro lado,
sus comunicaciones telefónicas fueron permanentemente saboteadas y se vieron
privados de un mínimo de condiciones (cuadernos, bolígrafos, entre otros elementos)
para preparar su defensa.
Continuando con esa política, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos
decidió nuevamente enviarlos al "hueco" en el período entre el 28 de febrero
y el 31 de mazo de 2003, arguyendo como pretexto, razones de "seguridad nacional";
al mismo tiempo, les prohibió recibir correspondencia o hacer uso del teléfono.
De esta manera, se les aisló totalmente del mundo exterior, de sus familias,
de las autoridades consulares de su país, así como de sus abogados. Esta medida
se realizó, una vez más, en un momento crucial para la preparación de sus recursos
de apelación ante el XI Circuito de Atlanta.
Finalmente, la curiosa repartición geográfica de las prisiones refleja la misma
lógica. Gerardo es enviado inicialmente a Lompoc y más tarde a Victorville,
ambas prisiones en California; Ramón es destinado a Texas y Fernando a Wisconsin,René
primero es trasladado a Pensylvania y recientemente a Marianna, Florida, mientras
que Antonio es enviado a Colorado; es decir, cinco de las prisiones más temidas
-y distantes entre sí- del sistema carcelario. Esta medida tiene como objetivo
desmoralizarlos, impedir toda comunicación entre ellos, por demás prohibidas,
dificultar las visitas de sus familiares que se desplazan desde Cuba y, sobre
todo, obstaculizar el desempeño de sus abogados.
VIOLACIÓN
DEL SECRETO DE INSTRUCCIÓN
Contraviniendo todas las normas que protegen el secreto
de la instrucción, la Fiscalía estadounidense difundió -entre los activistas
anticubanos en Miami- una importante documentación para que pudiera ser utilizada
por los medios de comunicación controlados por esos grupos. De esa manera, una
serie de reportajes caracterizados por su sensacionalismo y su animosidad contra
los Cinco fueron divulgados en la radio, la televisión y en la prensa de Miami,
inmediatamente después de su arresto.
VICIOS DE CALIFICACIÓN DE LAS ACUSACIONES
Con el objetivo de transformar en un caso de espionaje
y de terrorismo, un caso político, el Ministerio Público estadounidense se vio
obligado a desfigurar la definición misma de las actividades de los Cinco.
Nota: Las caricaturas que aparecen en este material fueron hechas por
Gerardo Hernández, durante el proceso judicial.


CARGOS SIN EVIDENCIAS
Los Cinco fueron víctimas de un acto de represión de
Estado. De esa manera puede calificarse un juicio donde se acusó sin pruebas
y sancionó a prisión de por vida a tres de ellos

por JULIETA GARCÍA RÍOS
Sobre Gerardo Hernández Nordelo pesa la acusación más
grave formulada contra los cinco cubanos antiterroristas, y por la que se le
impuso una de las dos condenas de prisión perpetuas.
A Gerardo se le acusó de conspirar con el gobierno cubano para, de forma ilegal,
intencional y premeditada, ocasionar la muerte a cuatro ciudadanos norteamericanos
en aguas internacionales. La Fiscalía, al presentar tal cargo en su contra,
de manera intencional hizo una falsa acusación a la luz del artículo 1117 del
Código Penal de los Estados Unidos: encausarlo, juzgarlo y sancionarlo por delito
de Conspiración para cometer asesinato en primer grado, en relación con la interrupción
del vuelo de dos avionetas de la organización terrorista Hermanos al Rescate,
el 24 de febrero de 1996, pese a ser este un hecho de dominio público, antes
del incidente, tratado entre los gobiernos de los Estados Unidos y Cuba por
canales diplomáticos. En reiteradas oportunidades las autoridades cubanas manifestaron
su decisión de no continuar permitiendo las violaciones de su espacio aéreo
que realizaba con frecuencia la organización Hermanos al Rescate y se alertó
al gobierno de Estados Unidos de sus vuelos ilegales y las consecuencias que
podía traer su conducta.
LA EVIDENCIA
La ley establece que para probar asesinato en primer
grado debe existir una relación directa del acusado con el alegado delito y
establecerse la premeditación de este. Durante el juicio el gobierno no pudo
demostrar ni la relación de Gerardo con el derribo, ni la premeditación. Así
lo demostraron las declaraciones de los testigos y la documentación presentada.
Charles F. Leonard, experto en investigaciones de accidentes aéreos, fue presentado
por la fiscalía como testigo y reconoció ante la corte estar consciente de las
quejas del gobierno cubano por las incursiones aéreas de los aviones de Hermanos
al Rescate.
El experto coincidió en que el 17 de mayo de 1994, dos aviones Cessna 337, con
registro N58BB y N108LS, provenientes de la Florida, violaron el espacio aéreo
en la región entre Cárdenas, provincia de Matanzas, y Mariel, provincia de La
Habana, a lo largo de 50 y 80 millas, manteniendo una distancia de la costa
entre 11.5 y 5.5 millas. En el juicio, Cecilia Capestani -quien compareció por
la defensa y en 1995 era funcionaria de la Oficina de la Aviación Internacional
dentro de la Administración Federal de Aviación (FAA) y responsable del portafolio
que incluía el área de Cuba, entre otros países-, a petición del abogado Paul
McKenna, leyó el documento dirigido a pilotos y operadores norteamericanos que
ella firmó en octubre de 1995 y del cual reproducimos algunos fragmentos a continuación:
"El gobierno de Cuba ha manifestado repetidamente su determinación de tomar
acciones contra los aviones que violen su espacio aéreo. Estas medidas están
dirigidas a la defensa y preservación de la soberanía nacional de Cuba y prevenir
vuelos de aviones no autorizados. Los operadores que entren al espacio aéreo
cubano sin autorización pueden ser objeto de arresto y pueden correr para sí
mismos y otras personas un serio riesgo personal... FAA/AIA-120,10/95". También
por la defensa compareció Charles H. Smith, empleado de la Administración Federal
de Aviación hasta julio de 1999 y quien trabajó para la oficina de Normas de
Vuelo del Distrito de Miami. Él testificó: "Dirigí una carta a la Sra. Lynn,
funcionaria de la Administración Federal de Aviación, donde le decía: ...La
organización Hermanos al Rescate ha anunciado anunciado públicamente su intención
de penetrar en el espacio aéreo cubano ...De acuerdo con el Manual de Información
de Vuelos Internacionales, Cuba se reserva el derecho de interceptar cualquier
avión que penetre sin permiso su espacio aéreo. Contacté con Mike Tomas, de
la oficina de Miami, y estuvieron de acuerdo en notificar a Hermanos al Rescate.
Ellos estaban al tanto de los planes del grupo y de hecho habían sostenido algunas
reuniones con ellos en el pasado para alertarlos sobre las consecuencias de
estos actos".
El testigo dijo haberse comunicado con José Basulto, terrorista que dirigía
la organización Hermanos al Rescate. Luego de ser proyectado como evidencia,
en la sala del juicio, un video donde mostraba a José Basulto sobrevolando la
zona céntrica de la capital habanera, alrededor de la edificación del Hospital
Hermanos Ameijeiras, el abogado preguntó:
McKenna: ¿Qué clase de peligros encierra esto?
Smith: Para el piloto, para el avión, para los pasajeros del avión y para cualquier
persona que viva debajo del área sobrevolada, en caso de que el avión pierda
fuerza en alguno de sus motores y caiga sobre la zona metropolitana.
Otro de los testigos de la defensa fue Richard Nuccio, quien fuera designado
en mayo de 1995 asesor especial del presidente de los Estados Unidos Wiliam
Clinton en el tema de Cuba.
Nuccio expresó que el 23 de febrero de 1996, un día antes del derribo, intentó
contactar con su superior en la Casa Blanca, el entonces asesor de seguridad
nacional Sandy Berger, para trasladarle la ansiedad colectiva sobre el riesgo
que representaba este vuelo potencial programado para el día siguiente.
TESTIGO HOSTIL
José Basulto, contrarrevolucionario de origen cubano
residente en los Estados Unidos, ex agente de la CIA, mercenario de la invasión
a Playa Girón, con amplio expediente de acciones violentas contra Cuba y presidente
de la organización Hermanos al Rescate, fue presentado por la defensa como testigo
hostil.
Hermanos al Rescate, fundada en 1991 con el supuesto propósito de rescatar balseros
en el mar y desde 1993 se involucró en una serie de violaciones de la soberanía
territorial cubana.
A continuación, fragmentos del diálogo en el juicio:
McKenna: Hubo múltiples advertencias después
del 13 de julio de 1995, sobre el peligro de violar el espacio aéreo cubano.¿Cierto?
Basulto: Sí.
McKenna: La advertencia era suficientemente clara, si usted lo hace,
usted puede ser derribado. ¿Es así?
Basulto: Nosotros conocíamos eso.
McKenna: ¿Entonces usted fue advertido por el centro de control de vuelos
de La Habana de que se estaba poniendo en riesgo al volar por debajo del paralelo
24? ¿Correcto?
Basulto: Sí. Esa era una advertencia habitual de La Habana.
McKenna: ¿Después que usted fue advertido por volar debajo del paralelo
24, usted sabía que estaba en peligro pero decidió continuar de todas formas
porque usted es un cubano libre?
Basulto: Cierto, pero no tenía la intención de involucrar a los Estados
Unidos en eso.
McKenna: ¿El 24 de febrero (1996) el avión (MIG) pasó por delante de
su cabina en algún momento y usted le dijo a alguien ..MIGs....MIGs... usted
habló con alguien sobre eso?
Basulto: Sí.
McKenna: ¿Este era su tercer encuentro con los MIGs cubanos?
Basulto: ¿Yo o mi organización?
McKenna: Usted. José Basulto. ¿Era esta la tercera vez que usted tenía
estas increíbles máquinas volando a su alrededor? ¿Es correcto?
Basulto: Sí.
ACCIONES SUBVERSIVAS Y MILITARES
George Buckner, coronel retirado de la fuerza aérea,
donde ejerció como comandante de la 23 región de la defensa aérea, fue presentado
por la defensa a testimoniar y aceptado por la corte como experto en radares,
aviación, procedimientos de intercepción de aviones civiles y militares, tácticas
y control de pilotos de combate, incluyendo tácticas cubanas de combate, reglas
de la OACI y sus aplicaciones y analista de video.
McKenna: ¿Cuáles eran los objetivos de Basulto con ese comportamiento?
Buckner: Él mismo expresó que su objetivo era derrocar al gobierno de Cuba.
McKenna: ¿Bajo la Convención de la OACI tienen los estados alguna obligación
con respecto a estos aviones?
Buckner: Sí. McKenna: ¿Cuales son esas obligaciones?
Buckner: ...la obligación de perseguir a los pilotos infractores de las reglas
respectivas de la OACI y del propio país.
McKenna: ¿Usted tiene alguna opinión sobre si el 24 de febrero estos aviones
estaban actuando como aviones civiles?
Buckner: No. Ellos no estaban actuando como civiles.
McKenna: Básicamente, ¿qué es lo que aplica? 
Buckner: Lo que el respectivo estado decida hacer dentro de los confines de
su soberanía.
McKenna: ¿Bajo qué categoría usted pondría esa actividad (la de Basulto, Hermanos
al Rescate)?
Buckner: Es una actividad militar y subversiva.
Ninguna evidencia pudo inculpar a Gerardo.
La carencia de pruebas llegó a tal punto que el gobierno trató, en intento fallido,
de variar la letra de la acusación de asesinato en primer grado replanteándola
como conspiración para homicidio, cargo que requeriría menos pruebas a presentar
por parte del gobierno. La ley no permitía semejante modificación.
Luego vendría una moción de emergencia presentada por el gobierno ante la Corte
de Apelaciones del XI Circuito donde ellos dejaron por escrito que los elementos
legales del cargo de asesinato "a la luz de la evidencia presentada en el juicio
representan un obstáculo insuperable para Estados Unidos en este caso y probablemente
resultará en un fracaso de la acusación en este cargo".
A pesar de que los representantes del gobierno reconocían la falta de evidencia
para probar la acusación, los miembros del jurado sin hacer pregunta alguna
declararon culpable a Gerardo Hernández Nordelo. ¿Qué más podría esperarse en
Miami?
ESPÍAS
PREFABRICADOS
"Cuba no representa una amenaza militar para los Estados
Unidos", aclaró durante el juicio Eugene Carroll, contralmirante retirado de
la Marina de Guerra de los Estados Unidos, quien al comparecer por la defensa
en el juicio de los Cinco era vicepresidente del Centro para la Información
de la Defensa en Washington DC.
Su testimonio, como los de otros altos oficiales, contrasta con el cargo de
conspiración para cometer espionaje que pesa sobre Antonio Guerrero, Ramón Labañino
y Gerardo Hernández y con el que se les sanciona a cada uno de ellos a prisión
perpetua, duplicándose así la sanción de Gerardo.
Deliberada y falsamente la fiscalía invocó la violación del artículo 794 del
Código Penal de los Estados Unidos, al ser encausados, juzgados y sancionados
por el delito de Conspiración para cometer espionaje.
La ley establece que para tipificar dicho delito es necesario que se haya intentado
recolectar y transmitir información de seguridad nacional a una potencia extranjera,
la cual obtiene ventaja de esta información, implicando un peligro para la seguridad
de la nación norteamericana; además, que el comisor del delito haya violado
y penetrado áreas sensibles donde se maneja y resguarda este tipo de información.
De acuerdo con el mencionado artículo, conspira para cometer espionaje la persona
que acuerda con otro la obtención y transmisión de información de defensa nacional
de los Estados Unidos que le ocasione daños a este o dé ventaja al otro país.
Para ello la información transmitida tendría que estar relacionada con la Defensa
Nacional; ser del tipo de información que el gobierno trata de proteger especialmente
o salvaguardar de ser publicada. En el caso de los acusados (Antonio, Ramón
y Gerardo) desde el momento de su detención no existía en la evidencia referencia
a información de esa naturaleza. Las pruebas y testimonios indicaron que toda
la información involucrada en el proceso es absolutamente pública y disponible
a cualquier persona.
Llamado por la defensa compareció en el juicio Edward Breed Atkeson, general
de división retirado del Ejército de los Estados Unidos, nombrado como oficial
en 1951 y cuyos últimos años de servicio transcurrieron bajo las órdenes del
director de la Agencia Central de Inteligencia, retirándose en 1984. Desde esa
fecha fue consultor de la Rand Corporation, instructor en la Escuela de Inteligencia
de Defensa y en los últimos años miembro asociado del Instituto de Guerra Terrestre.
"Ellos (los cubanos) no constituyen una amenaza para nosotros... No creo que
nos preocupemos por Cuba en lo absoluto", manifestó el general Atkeson. Más
adelante comentó que Cuba utiliza su organización de inteligencia para descubrir
si en realidad los Estados Unidos se preparan para atacarlos.
"Lo hacen mediante agentes, en este país, me imagino. Leen el periódico. Probablemente
miran CNN. Tienen patrullas aéreas. De cualquier manera que se les ocurra. No
creo que les preocupe obtener secretos nucleares de los Estados Unidos ni otra
cosa de importancia estratégica que no sean pertinentes para ellos. No creen
que vayamos a bombardearlos con armas nucleares", precisó. El general, en su
condición de experto, reconoció que en el examen que hizo de los materiales
presentados en el juicio como evidencia por la fiscalía no encontró instrucciones
para que Antonio, Ramón y Gerardo consiguieran información clasificada o documentación
que resultase perjudicial para los Estados Unidos.
CUBA NO ES UNA AMENAZA
"Mi parecer es que las Fuerzas Armadas de Cuba no constituían
ninguna amenaza convencional para los Estados Unidos ", declaró Charles Elliot
Wilhelm, general retirado del cuerpo de Infantes de Marines de los Estados Unidos.
Este oficial fue Comandante en Jefe del Comando Sur de los Estados Unidos desde
1997, con el cuartel general en la zona metropolitana de Miami. La corte oyó
su testimonio como experto en sistemas físicos y de políticas para la seguridad
del Comando Sur.
La fiscal Heck Miller trajo a comparecer a James R. Clapper Jr, teniente general
retirado de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos. En el momento de su testimonio
era vicepresidente y director del programa en inteligencia en S.R.A. internacional,
en Fairfax,Virginia. Concluyó el servicio activo como director durante cuatro
años de la Agencia de Inteligencia para la Defensa (D.I.A.) principal organización
de análisis militar del Departamento de Defensa que estudia las actividades
y operaciones militares extranjeras.
-¿Estaría usted de acuerdo, general Clapper, con que el sello o la característica
distintiva de una fuente abierta de información es que la misma no es espionaje?,
lo interpeló en contrainterrogatorio la defensa.
Clapper: Correcto.
Defensa: ¿Usted, con su experiencia en Inteligencia, no clasificaría a Cuba
de ninguna forma o manera como una amenaza militar para los Estados Unidos?
Clapper: En lo más mínimo. Cuba no representa ni, por asomo, una amenaza convencional.
Defensa: ¿Se ha tropezado usted con un documento que usted inmediatamente...
pudiera identificar ahora mismo y constatar que Giro (Gerardo Hernández) diera
a alguien la orientación de obtener información secreta relacionada con la defensa
nacional de los Estados Unidos?
Clapper: No, que recuerde, no.
Defensa: ¿Lo que sí ve es que él le dice a alguien que obtenga información pública,
correcto?
Clapper: Sí.
