Política
Typography
  • Smaller Small Medium Big Bigger
  • Default Helvetica Segoe Georgia Times

Eduardo Barcesat se refirió a la decisión de la Corte Suprema sobre los jueces designados a dedo por Mauricio Macri para la Cámara Federal.

El ex copresidente de la Liga Argentina por los Derechos Humanos (Ladh), Eduardo Barcesat, se refirió a la decisión que adoptó la Corte Suprema sobre las designaciones de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi en la Cámara Federal de Comodoro Py.
Como se recordará, los pases de Bruglia y Bertuzzi a la Cámara Federal desde el Tribunal Oral Federal 4, fue impulsado por el Gobierno Cambiemos, durante 2018.
La semana pasada, la Corte decidió que Bruglia y Bertuzzi pueden quedarse en esa Cámara hasta que se lleve a cabo un concurso para cubrir las vacantes, al que podrán presentarse, algo que puede tardar dos años, de acuerdo al promedio de estos procedimientos.
Tras el fallo, estos magistrados extendieron la licencia que habían solicitado semanas atrás y ayer se reincorporaron a la Cámara Federal. La movilización convocada por sectores de la derecha social y política el domingo pasado, tuvo a Bertuzzi y Bruglia entre sus lemas: les pedían que no renuncien.
“En el derecho, un acto jurídico como es la designación de los magistrados del Poder Judicial de la Nación, no puede pervivir si se ha evidenciado nulo”, advirtió Barcesat sobre lo resuelto por la Corte.
Y señala que la acción de amparo de Bertuzzi y Bruglia que derivó en el per saltum que llevó la demanda a la Corte sin aguardar el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, “ha desatado un debate jurídico/político al que deseo aportar”.
Barcesat indica que el voto en soledad del presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, “es totalmente insostenible en su pretensión de ‘intérprete de la Constitución’, antes bien, expresa un quiebre del deber de obediencia a la supremacía constitucional (art. 36, C.N.)”.
Y recalca que el voto de mayoría, examinado en conjunto, recrea el mecanismo constitucional que debe seguirse para el nombramiento de los magistrados del Poder Judicial.
“Hasta aquí el voto de la mayoría de la Corte se corresponde, en forma bi-unívoca, con el texto constitucional, y con los propios precedentes de la Corte” destaca y dice que “lo que ha hecho hasta aquí el voto de la mayoría de la Corte es recrear el control de legalidad que le compete, en última instancia, y como cabeza del Poder Judicial”.

Lamentable

Por otro lado, Barcesat avanza en su análisis señalando que “el tramo siguiente es el lamentable. Dicho en forma breve, al disponer que sigan estos magistrados subrogando los cargos en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, hasta que por un nuevo concurso se concursen esos cargos y se cumplan todos los pasos antes detallados para la designación de los jueces que cubrirán las vacantes, les da una pervivencia en los cargos, que se contradice, ineludiblemente, con el previo examen volcado en el fallo, sobre los procedimientos constitucionales para la designación de los jueces”.
Es que, indica, “en el derecho, un acto jurídico, como es la designación de los magistrados del Poder Judicial no puede pervivir si se ha evidenciado nulo”, ya que “las nulidades constitucionales son absolutas e insanables”.
Tras lo que, es claro al recalcar que “o hay legalidad de obrar o hay nulidad. Recordemos que en el caso de los traslados de estos magistrados, el ex titular del ejecutivo, dispuso los mismos sin concurso previo ante el Consejo para la Magistratura y sin acuerdo de la Cámara de Senadores”.
Esto quiere decir que “excedió su competencia constitucional y quebró el debido proceso para el nombramiento de los jueces (nulidad absoluta e insanable)”. Y hace hincapié en que “no hay dos lecturas ni dos bibliotecas en la materia”.
Así, Barcesat resalta que en este caso, “desde el pronunciamiento del fallo de la Corte y en respeto de la doctrina del acto propio, los magistrados en cuestión, debió disponerse el retorno a su cargo de origen…no prolongar su pervivencia en los mismos hasta que se realice un nuevo concurso y se cumpla con el proceso de nombramiento, el que puede durar, estimativamente, más de dos años”.
Y alerta que durante esos dos años estos magistrados “que no deben ocupar esos cargos, seguirán emitiendo sentencias que, de antemano lo dispuso la Corte, no podrán ser impugnadas por no ser los jueces naturales de la Constitución”.
Por otro lado, el ex copresidente de la Ladh también hace un examen político de esta situación, algo “que no puede ser soslayado en esta etapa de la actividad del Poder Judicial que seguimos atravesando, impregnada de lawfare y de la que los magistrados en cuestión han sido protagonistas principales”, tal como se exhibe al repasar “sus votos validantes en la causa de la fotocopia de los cuadernos quemados y resucitados”.
De ahí que advierta que “ahora su mal desempeño se va a trasladar a ser garantes de la impunidad del obrar de los funcionarios macristas, comenzando por el propio Mauricio Macri”.