El abogado de la familia de Rafael Nahuel, Rubén Marigo, dialogó con Nuestra Propuesta a poco de conocerse la decisión de Comodoro Py, que redujo considerablemente las penas de los asesinos del joven mapuche y levantó la inhibición que pesaba sobre ellos para que vuelvan ponerse el uniforme de Prefectura, portar armas y, por qué no, volver a disparar por la espalda.
“La Justicia argentina tiene una doble vara en referencia a quién se juzga y en este caso vuelve a quedar claro”, lamentó Rubén Marigo, abogado de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos (Apdh) que representa a la familia de Rafael Nahuel. Su afirmación alude en este caso a la decisión adoptada el jueves pasado por la Sala III de la Casación Penal de Comodoro Py que revisó las condenas de los prefectos que participaron del asesinato del joven mapuche de 22 años perpetrado el 25 de noviembre de 2017. Los camaristas Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci dispusieron una sustancial reducción de penas y, a modo de bonus track, retiraron la inhabilitación por la que Sergio Cavia, Juan Ramón Obregón, Francisco Javier Pintos y Carlos Sosa y Sergio Damián García estaban inhibidos de integrar cualquier fuerza policial.
Cabe recordar que Nahuel fue ultimado con disparos por la espalda, en el contexto de un operativo represivo emprendido contra miembros de la comunidad Lof Lafken Winkul Mapu, que bajo el comando de la entonces ministra de Seguridad Patricia Bullrich durante el gobierno de Mauricio Macri, realizó personal del Grupo Albatros de Prefectura Naval en la localidad rionegrina de Villa Mascardi. “Se trata de un típico crimen de violencia institucional y por eso solicitamos la presión perpetua de sus autores, porque es un homicidio calificado por el uso de armas y por ser cometido por miembros de una fuerza de seguridad”, sostuvo Marigo y recordó que tal criterio fue esgrimido también por la Apdh, que querelló en esta causa.
En el recorrido que hizo la Causa, la Cámara Federal de General Roca consideró que, el de Nahuel, constituía un homicidio agravado pero “en exceso de la legítima defensa”, algo que “rebajaba bastante las penas” indicó Marigo y reconoció que “es típico que en este tipo de casos de violencia institucional” se pretenda utilizar esa figura “como una forma para bajar las penas”, lo que implica “consentir este tipo de violencias y el Gatillo Fácil”.
Lo cierto es que la Cámara de Roca estableció “penas de cumplimiento efectivo junto con inhabilitaciones importantes y condenas superiores a los cinco años”. En ese contexto “apelamos a la Cámara de Casación compuesta por Mahiques, Borinsky y Yacobucci para que se considere el caso como un homicidio agravado y en la respuesta que nos dieron sostuvieron que fue un homicidio calificado en legítima defensa”, aunque en simultáneo planteó que las penas eran excesivas y por ello devolvió la Causa a General Roca donde quedaron ratificadas las penas iniciales.
Pero lamentablemente, este viernes la Cámara Federal de Casación de Comodoro Py bajó las penas. “Les da condenas condicionales por lo que baja la cantidad de años y elimina la inhabilitación especial, que era muy importante, teniendo en cuenta que se trata de miembros de una fuerza de Seguridad y de un grupo especial instruido para este tipo de operativos y el manejo de armas”, subrayó Marigo. Esto no fue ponderado por Casación, como tampoco “el agravante que plantea el contexto en que actuaron y la situación de la víctima que era miembro de los pueblos originarios y fue asesinado por la espalda después de haberse efectuado entre 130 y 150 disparos”, añadió. En aquel hecho, además de asesinar por la espalda a Nahuel también hirieron por la espalda a otros dos integrantes de la comunidad, lo que constituye otro grave de delito, por el cual nunca se procesó a nadie.
¿Pero qué criterios utilizaron Mahiques, Borinsky y Yacobucci para reducir el peso de las penas? “Para Cavia que fue el autor material, bajaron la pena de cinco a tres años, a Obregón también se la redujeron porque dijeron que disparó treinta y tres tiros, a Sosa porque había disparado veintiuno y en el caso de García porque tiró diez proyectiles...ese fue el criterio que utilizaron sin importarles que fue un claro episodio de violencia institucional en el que los prefectos dispararon, al menos, 130 proyectiles sin que se acreditara que del otro lado se hiciera un solo disparo”, describió Marigo con indignación el criterio jurídico adoptado. En efecto, del lado de los uniformados no hubo ni un herido. “Eso demuestra que fue un asesinato por la espalda perpetrado mientras perseguían montaña arriba a los compañeros mapuches”.
Por lo cual, el abogado de la Apdh puso el acento en que el fallo de Casación “vuelve a alentar el Gatillo Fácil y los crímenes de violencia institucional, en un crimen que comienza con Patricia Bullrich en el ministerio de Seguridad y todo el aparato represivo que montó contra los pueblos originarios y en el que, ahora, se ratifica esa postura suave con la represión y el aval a la impunidad, en un marco en el que ese mismo personaje forma parte del gobierno actual”. Además, recalcó que Nahuel fue ultimado “en un reclamo por tierras que, a la luz de lo que señala la Constitución y de tratados internacionales vigentes, hacen con todo derecho los pueblos originarios”.
Se trata entonces de un fallo que pretende ser pedagógico en momentos en los que el esquema gobernante a través de la Presidencia Milei, pero también de personajes como Mahiques, Borinsky y Yacobucci, tenían en vista una ley para profundizar la extranjerización de tierras. Proyecto que fue volteado por una masiva movilización en todo el país el 6 de agosto y por la, a esta altura, épica bandera que después de derrotar a Inglaterra en el Mundial, mostraron los futbolistas argentinos con la leyenda: “Las Malvinas Son Argentinas”.
“Es obvio que entre los defensores más acérrimos de la tierra y el agua están los pueblos originarios”, ponderó Marigo. Mientras que reflexionó que, por otro lado, “proyectos como la modificación de la Ley que evita que durante sesenta años se vendan tierras que sean incendiadas, demuestra que hay una defensa de los intereses extractivistas e inmobiliarios que actúan en nuestra zona”, indicó en referencia a la modificación de la Ley de Fuegos que también tuvo que quitarse del paquete de la Inviolabilidad de la Propiedad Privada gracias a aquella movilización popular de agosto. A la vez, puntualizó que “no es casual que Mahiques sea uno de los jueces que estuvo en la mansión de Joe Lewis en el viaje pagado por Clarín”. Mientras que Borinsky y Yacobucci dejaron su huella “al intervenir en otros casos como el de Vialidad Nacional”, el emblemático caso de lawfare por el cual Crisitna Fernández fue condenada a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
¿Poder Judicial o Bien de Familia?
Cabe citar que los integrantes la Cámara que desde Comodoro Py beneficia a los asesinos de Rafael Nahuel, representan un elocuente ejemplo de lo que es la Familia Judicial. Carlos Mahiques es padre del ministro de Justicia, Juan Bautista, pero también de Ignacio Mahiques que integra la Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, que es la que la semana pasada revocó el fallo por el que la jueza Laura De Marinis, declaraba la inconstitucionalidad de un segmento del nuevo Régimen Penal Juvenil, a partir de considerar un caso por una tentativa de robo agravado, expediente en el que sobreseyó a un menor de catorce años.
No puede pasarse por alto en este contexto de creciente represión, lawfare y puntivismo, que la corporación judicial salió fortalecida cuando, semanas atrás, se aprobara en el Congreso un pliego de nombramientos enviado por el gobierno de Javier Milei que contó con el aval de un amplio arco opositor, incluyendo las manos en alto del kirchnerismo.
Con cuarenta años como abogado laboral, además de once años como juez y una consecuente militancia en la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, Marigo sabe de qué va todo esto. “Lamentablemente es la Justicia que tenemos y todos los gobiernos, incluso los populares, dejaron una deuda que es la de no llevar adelante una modificación profunda en el sistema judicial”, reconoció. Después de señalar que el fallo de la Jueza De Marinis “fue ejemplar”, agregó que la baja de la edad de imputabilidad “constituye un acto totalmente regresivo”, por lo que desde la Apdh se defiende la postura adoptada por la magistrada, como también lo hiciera públicamente la Liga Argentina por los Derechos Humanos.
Es a partir de este doble rasero que los asesinos de Rafael Nahuel se ven beneficiados por la reducción del monto de sus penas, pero también van a poder reincorporarse a una fuerza federal que va a volver a poner un arma en sus manos. “Dispararon entre 130 y 150 tiros y no se encontró una sola bala que no perteneciera a Prefectura ni hay un solo herido de ese lado” remarcó. Por lo que afirmó que “cualquier hipótesis sobre un presunto enfrentamiento o exceso es algo bastante traído de los pelos”.
En aquel operativo criminal del Grupo Albatros de la Prefectura bajo las órdenes de Bullrrich contra la comunidad Lof Lafken Winkul Mapu “fueron detenidas mujeres y chicos, mientras que los asesinos de Rafael Nahuel no estuvieron detenidos ni un solo día”, señaló como ejemplo de esa doble vara. Para salir de este atolladero, el abogado de la Apdh aseguró que lo que hay que hacer es “cambiar el sistema judicial”. En ese marco, opinó que “el sistema de elección de los jueces es fundamental y, para eso, debería establecerse la elección popular de los jueces, lograr que los sectores populares lleguen a ese nivel, hacer un cambio fundamental en el acceso de los sectores populares a la Justicia para que el derecho penal no sea un derecho puesto al servicio del control social”.
Lo de la doble vara no resulta un concepto antojadizo, más aún cuando se habla de colectivos vulnerabilizados como son los pueblos originarios. Poco más de cuatro años después del asesinato de Nahuel, ya con el Frente de Todos en el gobierno, a veinticinco kilómetros de El Bolsón y en medio de una comunidad cercada por la policía, era asesinado Elías Garay Cayicol, quien tenía 29 años y formaba parte de la comunidad Quemquemtrew.
En este caso, la perseverante tarea emprendida por su comunidad junto a los abogados de la Apdh y la Liga Argentina por los Derechos Humanos, Ezequiel Palavecino y Andrea Reile, permitió que fueran condenados Diego Ravasio y Martín Cruz Feilberg. Los crímenes que se cometen contra integrantes de esas comunidades en esta región son muchos y sistemáticos, pero en la actualidad, sólo Ravasio y Cruz Feildberg purgan condenas efectivas por haber cometido este tipo de delitos aberrantes.