En un fallo que ya provocó un amplio descontento social y desató el rechazo de los excombatientes de Malvinas y de los organismos de derechos humanos, Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti revocaron la sentencia que había frenado la derogación de la Ley de Tierras. Así, el DNU 70/23 de Milei vuelve a dejar sin efecto los límites legales a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros, después de que el Gobierno debiera retirar del Congreso una iniciativa que perseguía ese mismo propósito. La Liga Argentina por los Derechos Humanos denunció que la resolución favorece a los grupos económicos extranjeros y advirtió que todavía existe una salida legislativa. El PC denunció lo límites de esta “democracia” y llamó a unir y profundizar las luchas en las calles porque “La Patria No se Vende “.
“Una vez más, la cabeza del poder judicial resuelve en contra de nuestro pueblo”. Con estas palabras, la Liga Argentina por los Derechos Humanos (LADH) salió al cruce de la decisión adoptada ayer por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que revocó la sentencia que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras mediante el DNU 70/23 de Javier Milei. El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, dejó nuevamente operativa la eliminación de las restricciones que establecía la Ley 26.737 para la adquisición de tierras rurales por parte de personas y empresas extranjeras. Una decisión cuyas consecuencias van mucho más allá de un expediente judicial, puesto que vuelve a poner en discusión la soberanía nacional sobre millones de hectáreas y territorios de importancia estratégica. “Una vez más, los tres integrantes de la Corte Suprema de Justicia resuelven en contra de los intereses populares y favorecen los intereses de los grupos económicos extranjeros y de sus subordinados locales”, denunció la LADH en un contundente comunicado.
La resolución llega, además, después de que el Gobierno debiera retirar del proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada el capítulo que modificaba la Ley de Tierras. La resistencia social, expresada mediante movilizaciones y una importante campaña de rechazo, y la imposibilidad de reunir los votos necesarios en el Congreso habían obligado al oficialismo a resignar aquella iniciativa durante el debate legislativo de agosto. Se trataba de una modificación que apuntaba a flexibilizar las restricciones sobre la adquisición de tierras rurales por extranjeros, en consonancia con el programa de desregulación económica impulsado desde la Casa Rosada. Ahora, la decisión de la Corte vuelve a dejar operativa una derogación que había encontrado obstáculos tanto en los tribunales inferiores como en el Congreso. Una secuencia que alimenta el cuestionamiento de las organizaciones que denuncian las consecuencias de la resolución judicial sobre la soberanía territorial argentina.
El pronunciamiento de los cortesanos tuvo lugar como respuesta a una presentación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que desde diciembre de 2023 viene sosteniendo una batalla judicial contra el artículo 154 del DNU presidencial. Los excombatientes habían cuestionado la constitucionalidad de que una legislación destinada a proteger el dominio nacional sobre las tierras rurales fuera eliminada por decreto. Inicialmente, el juez federal Ernesto Kreplak dictó una medida cautelar que suspendió aquella derogación, pero posteriormente Alberto Recondo dejó sin efecto la medida y rechazó la demanda por falta de legitimación. La Sala III de la Cámara Federal de La Plata revirtió esa decisión, reconoció el derecho del CECIM a promover la acción y declaró inconstitucional el artículo cuestionado. El Gobierno apeló y la controversia llegó finalmente a la Corte Suprema.
Lejos de pronunciarse sobre la constitucionalidad de la derogación, los tres magistrados rechazaron la demanda al considerar que el CECIM carecía de legitimación para promover una acción colectiva en defensa de la soberanía territorial. Según el criterio adoptado por el tribunal, la soberanía constituye un atributo del Estado, pero no un bien colectivo susceptible de ser tutelado judicialmente en los términos invocados por los excombatientes. De ese modo, la Corte revocó la sentencia de la Cámara Federal y dejó nuevamente operativa la derogación dispuesta por Milei, aunque aclaró que no resolvía la cuestión de fondo. Una interpretación que motivó el rechazo inmediato del CECIM, precisamente por sus consecuencias sobre la posibilidad de recurrir a la Justicia en defensa de la soberanía nacional.
“En un fallo escueto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación acaba de resolver el problema político en que el gobierno de Milei se había metido. Mientras el pueblo gritó con fuerza que 'La Patria no se vende', la Corte entendió que no existe algo así como un bien jurídico de soberanía, y rechazó nuestra demanda para evitar la derogación de la Ley de Tierras, que el presidente intentó a poco de asumir, mediante el Decreto 70/23”, expresó el CECIM tras conocer la resolución. El cuestionamiento de los excombatientes se concentra en un punto central de la controversia, puesto que el máximo tribunal sostuvo que no podía configurarse una causa judicial ante la ausencia de un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo. Para la entidad platense, que tiene entre sus objetivos estatutarios la defensa de los derechos soberanos argentinos, el resultado de esa interpretación es particularmente grave.
La LADH también puso el acento en esa contradicción y denunció que “el fallo por el cual rechazan la legitimación activa del CECIM La Plata —integrado por ex combatientes de Malvinas, que arriesgaron sus vidas por nuestra Soberanía— para interponer una acción judicial en defensa de la Soberanía Nacional es una nueva burla a nuestro pueblo, ya que invocan la necesidad de que el Poder Judicial limite sus intervenciones para dictar una resolución que contradice la voluntad popular y que, inclusive, es más perjudicial que las concesiones que el Congreso Nacional, entreguista con los poderosos extranjeros, está dispuesto a otorgar”.
En el mismo sentido, la Liga sostuvo que “la Soberanía corresponde a nuestro Pueblo. La Corte niega que sea un bien colectivo, porque busca que, en estos tiempos de sumisión al imperialismo, no se pueda reclamar judicialmente cada vez que los poderes del Estado entreguen nuestra Soberanía”. Para el organismo, además, el pronunciamiento debe inscribirse en una problemática más amplia vinculada con las restricciones que enfrentan las organizaciones sociales cuando acuden a los tribunales en defensa de intereses colectivos. “Este fallo de la Corte no es un caso aislado. Es constante la negativa del acceso a la justicia (protegido por nuestra Constitución y las normas internacionales incorporadas a ella) cuando se trata de acciones de incidencia colectiva, es decir, las que no defienden simples derechos individuales, sino aquellos que afectan a amplias porciones o la totalidad de nuestro pueblo”, advirtió en su declaración.
Pero frente a quienes presentan el resultado de esta controversia como un hecho consumado, la LADH también recordó que la sentencia no clausura las atribuciones del Poder Legislativo. La propia Corte aclaró que su decisión no implica pronunciarse sobre la validez constitucional del artículo 154 del DNU ni interferir con la intervención que corresponde al Congreso de la Nación. Es precisamente allí donde la Liga sitúa una alternativa para revertir los efectos de la derogación, al sostener que “no estamos de acuerdo con que los daños de la decisión de la Corte sean necesariamente irreparables. La solución legal está al alcance del Congreso, si es que tiene voluntad para tomarla. El decreto 70/23 que deroga la ley de tierras debe ser anulado, para privarlo de todo efecto. Al igual que se hizo con la llamada 'ley' de autoamnistía de la última dictadura y con las leyes de punto final y obediencia debida”.
La declaración concluye así con una convocatoria que retoma la experiencia de resistencia social que había acompañado el debate legislativo sobre la extranjerización de tierras. Para la LADH, la discusión no se agota en los alcances jurídicos del pronunciamiento de Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti, sino que compromete el papel del Congreso y del pueblo en su conjunto frente a una política económica que subordina al país a los intereses del capital financiero transnacional. “Sólo una amplísima movilización popular podrá frenar esta política de sumisión total al imperialismo y a ella convocamos”, remató el organismo, que cerró su comunicado expresando su “saludo fraternal al CECIM La Plata, en su permanente lucha por la soberanía”.
Por su parte, el Partido Comunista de la Argentina señaló que “para esta ‘democracia’ tiene más autoridad la opinión de tres tipos a los que que nunca votó nadie que la voz de millones de argentinos y argentinas que salimos a las calles y dijimos fuerte y claro: LA PATRIA NO SE VENDE".
En tal sentido, desde sus cuentas oficiales en redes sociales el PCA recordó que “el 6 de agosto volteamos en la calle la ley de Extranjerización de la Tierra y ahora la Corte la reflota, rehabilitando el artículo del Mega Decreto de diciembre de 2023 firmado por Milei que permitía que capitales y Estados extranjeros se apropien de nuestro territorio nacional sin límite ni control”. De tal manera que, en un contexto político donde los derechos y libertades son cada día más pisoteados, el Partido Comunista de la Argentina puso el acento en que “la democracia no es votar cada cuatro años y en el medio esperar el próximo turno de las urnas mientras venden la patria y hambrean al pueblo”. Por lo que “en defensa de nuestra soberanía nacional”, recalcó que “toca salir de nuevo a las calles para voltear ahora a la Corte. Y a Milei también”.
Finalmente, cerró su posición pública al respecto llamando a organizar la bronca desde abajo para “construir poder popular”. Y exigió: “¡No a la extranjerización de la Tierra! ¡Juicio político por traición a la Patria a toda esta banda de delincuentes!”